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Contratar Detective Privado

¿Es legal contratar un detective privado?

17 agosto, 2018pablok

Seas una persona física o jurídica, si tienes la necesidad de contratar a un detective para realizar una investigación, te habrás preguntado si es legal contratar un detective privado para obtener la información que necesitas para tomar una decisión.

Hay ciertos aspectos a tener en consideración a la hora de contratar un detective para evitar incurrir en situaciones que puedan rozar la ilegalidad. No toda investigación puede ser realizada por un detective, la Ley de Seguridad Privada dicta unas pautas y requisitos que se deben cumplir para poder realizar una investigación.

¿Qué puede investigar un detective?

La Ley de Seguridad Privada en su artículo 48.1 menciona los servicios de investigación privada que realiza una agencia de detectives privados:

a) Los relativos al ámbito económico, laboral, mercantil, financiero y, en general, a la vida personal, familiar o social, exceptuada la que se desarrolle en los domicilios o lugares reservados.

b) La obtención de información tendente a garantizar el normal desarrollo de las actividades que tengan lugar en ferias, hoteles, exposiciones, espectáculos, certámenes, convenciones, grandes superficies comerciales, locales públicos de gran concurrencia o ámbitos análogos.

c) La realización de averiguaciones y la obtención de información y pruebas relativas a delitos sólo perseguibles a instancia de parte por encargo de los sujetos legitimados en el proceso penal.

¿Cuándo puedo contratar un detective privado?

Cualquier persona física o jurídica puede contratar a un detective privado siempre que acredite un interés legítimo para realizar una investigación. Recordemos que si el solicitante no acredita un interés legítimo el detective en ningún caso podrá realizar dicha investigación.

Si eres una persona física puedes contratar a un detective para investigaciones tipo:

  • Infidelidades de Pareja.
  • Separación o Divorcio.
  • Custodia de Menores.
  • Pruebas de Paternidad.
  • Comportamiento Dudoso de Menores.

En cambio si eres una empresa puedes solicitar los servicios de un detective privado para analizar casos de:

  • Competencia Desleal.
  • Insolvencia Fingida.
  • Intrusismo Profesional.
  • Baja Laboral Fingida.
  • Propiedad Intelectual e Industrial.
  • Ciberseguridad y Ciberinteligencia.
  • Vigilancia Digital.
  • “Seguridad 360º” para Vips y Eventos.

Límites a la investigación privada

La Ley de Seguridad Privada en su artículo 48.3, 48.4, 48.5 y 48.6 indica los límites a la investigación privada que cualquier detective deberá de tener presente antes, durante y después de una investigación:

48.3 “En ningún caso se podrá investigar la vida íntima de las personas que transcurra en sus domicilios u otros lugares reservados, ni podrán utilizarse en este tipo de servicios medios personales, materiales o técnicos de tal forma que atenten contra el derecho al honor, a la intimidad personal o familiar o a la propia imagen o al secreto de las comunicaciones o a la protección de datos.”
48.4 “En la prestación de los servicios de investigación, los detectives privados no podrán utilizar o hacer uso de medios, vehículos o distintivos que puedan confundirse con los de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.”
48.5 “En todo caso, los despachos de detectives y los detectives privados encargados de las investigaciones velarán por los derechos de sus clientes con respeto a los de los sujetos investigados.”
48.6 “Los servicios de investigación privada se ejecutarán con respeto a los principios de razonabilidad, necesidad, idoneidad y proporcionalidad.”

En otras palabras ningún detective privado podrá (límites detectives privados):

  • Realizar una investigación sin un interés legítimo del solicitante.
  • Realizar una grabación de audio siempre que este contemplada dentro de los supuestos legales.
  • No podrá realizar fotografías o grabaciones de video en espacios íntimos como baños, viviendas, etc…
  • Utilizar herramientas y técnicas que vulneren el secreto de las telecomunicaciones de las personas.
  • No podrá ceder las pruebas e información obtenidas a terceras personas, solo podrá entregarlas al solicitante de la investigación.

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