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Cuando un detective privado realiza una investigación, sea cual sea, por una posible infidelidad de pareja, competencia desleal, intrusismo profesional, etc, es común encontrarse que ha existido una comunicación mediante un correo electrónico, una red social, un mensaje de whatsapp….

La labor del detective es gestionar correctamente este tipo de evidencias para que puedan ser aportadas con validez en un proceso judicial.

¿Qué es una evidencia digital?

Una evidencia digital es cualquier ítem con valor probatorio de una información almacenada o transmitida en formato digital, de tal manera que pueda ser aportada por una de las partes en un proceso judicial.

La extracción de información de discos duros, tarjetas de memoria, dispositivos móviles y ordenadores, son ejemplos de evidencias digitales que resultan de utilidad para la defensa de nuestros intereses ante cualquier estamento.

Las evidencias digitales son un elemento clave para cualquier detective en una investigación privada.

Existen ciertos tabúes o dudas sobre qué se puede hacer o no con las evidencias digitales y sobre cuál es su fuerza probatoria.

Es importante acudir a profesionales con conocimientos técnicos acreditados sobre cómo se obtienen y extraen datos y evidencias digitales y, lo que es más importante, cómo hay que gestionar dichos datos asegurando la cadena de custodia para garantizar una defensa eficaz ante los Tribunales, base del éxito de cualquier investigación.

Una evidencia volátil

A diferencia de otro tipo de evidencias, una evidencia digital destaca por ser:

  • Volátil
  • Anónima
  • Modificable o manipulable

Estas tres características hacen que el proceso de adquisición de evidencias digitales sea complejo, ya que pueden desaparecer fácilmente o dejar de existir o bien ser modificadas con cierta facilidad.

No olvidemos que una evidencia volátil es aquella que puede desaparecer con facilidad o es de carácter temporal.

Velar por la seguridad de las evidencias digitales válidas es importante. Por ello, debes acudir a un detective privado que pueda clonar esas pruebas para evitar la manipulación de las originales y poder realizar un análisis técnico exhaustivo. De esa forma, te garantizan la no alteración o modificación de la evidencia matriz, cuestión clave para su validez en el juicio oral.

¿Dónde se encuentra almacenada la evidencia?

Uno de los mayores desafíos que tiene el detective privado es la búsqueda de la evidencia digital y su adecuada obtención, y ello con el máximo ahorro de los recursos humanos y técnicos, es decir con eficiencia.

Es común que la evidencia digital se encuentre contenida en discos duros, memorias USB, móviles (aplicaciones, conversaciones de whatsapp, imágenes, videos, etc.), tablets, en la nube (dropbox, google drive, etc.) o bien puede tratarse de correos electrónicos o publicaciones en redes sociales.

Una vez hemos identificado donde se encuentra la evidencia, debemos tener claro cuál es la forma más adecuada para adquirirla. Esta primera fase es la más importante, ya que es el primer punto de contacto con la evidencia y es donde existen más probabilidades de modificarla o dañarla.

Si por error, modificamos o dañamos la prueba, esta perdería cualquier valor probatorio en un proceso judicial y quedaría impugnada. Efectivanente, la otra parte en litigio podría alegar que hemos modificado la evidencia a conveniencia de nuestro cliente.

Además de una correcta adquisición, no debemos olvidar los requerimientos legales para no vulnerar derechos de terceros que pudieran vers.

El valor probatorio de una evidencia digital para un Detective Privado.

En una investigación el Detective Privado puede encontrarse con diferentes tipos de evidencia digitales, siendo los más comunes:

  • Correos electrónicos.
  • Capturas de pantalla o «pantallazos».
  • SMS.
  • Conversaciones de WhatsApp.
  • Memorias USB.
  • Documentos PDF.
  • Páginas Web.

Pero, ¿qué valor probatorio tienen dichas evidencias en una investigación y como puede utilizarlas el Detective Privado?.

Las evidencias digitales se rigen por los principios generales para cualquier documento privado como medio de prueba según el art. 325 LEC. Aunque existen ciertas especificaciones que cualquier Detective Privado deberá tener en cuenta al tratar con evidencias digitales.

El artículo 325 de la LEC remite al artículo 268 para conocer la forma de presentación de los documentos privados, y el criterio general es el de la presentación original o mediante copia autenticada por fedatario público, bastando copia simple del documento privado, siempre que no sea cuestionada por las demás partes. Es decir, podemos presentar un «pantallazo» autenticado por un fedatario público, siempre que la otra parte no cuestione su autenticidad, en caso contrario, será necesario presentar un informe pericial donde se haga constar la veracidad de dicha prueba. (Art. 326 LEC).

Es posible según el artículo 382 LEC, la aportación al proceso como medio de prueba de cualquier instrumento de filmación, grabación y semejantes, refiriéndose a la reproducción de la palabra, el sonido y la imagen y de los instrumentos que permiten archivar y conocer datos relevantes para el proceso.

¿Es factible la presentación de un correo electrónico como prueba?

Los detectives privados profesionales, cuando presentamos un correo electrónico o cualquier otro tipo de documento electrónico como prueba en un proceso, somos conscientes que la otra parte puede impugnar la autenticidad de dicha evidencia.

En estos casos, alegan la facilidad con la que puede generarse una supuesta comunicación por correo electrónico (o whatsapp) e imprimirla y acreditarla como real. Otra alegación frecuente que la otra parte puede hacer es la violación del derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones de su cliente al presentar dichas pruebas.

Ante este tipo de alegaciones, los detectives privados deben conocer la jurisprudencia actual. La ley indica que, una vez enviado el correo electrónico, ya no pertenece su contenido al emisor, por tanto, una vez finalizada la comunicación en sí misma no hay secreto de comunicaciones, lo que no impide que se pueda vulnerar el derecho a la intimidad.

En cualquier caso, y teniendo en cuenta el criterio de los letrados, la existencia de un acto de comunicación permite a cualquier de los involucrados la aportación de una prueba que acredite dicha comunicación en un procedimiento judicial.

Si consideras que dispones de una evidencia digital clave para el proceso judicial en el que estás inmerso, contar con un equipo de detectives privados profesionales es imprescindible. Ellos harán una correcta extracción, análisis y presentación de esa evidencia digital, que puede ser decisiva para una resolución favorable a tus intereses.

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